Hoy 15 de abril de 2019, se ha publicado la resolución de la Directora General de la Academia Vasca de Policía y
Emergencias, por la que se convoca el procedimiento selectivo para ingreso por turno libre de 270 plazas en la categoría de Agente de la Escala Básica de la Policía Local.
Los Ayuntamientos adheridos a esta convocatoria son: Abanto-Zierbena, Amorebieta-Etxano, Amurrio, Aretxabaleta, Arrasate, Arrigorriaga, Azkoitia, Barakaldo, Basauri, Beasain, Bermeo, Donostia-San Sebastián,
Derio, Eibar, Elgoibar, Errenteria, Etxebarri, Getxo, Gorliz, Irún, Lasarte-Oria, Laudio, Lekeitio, Mungia, Ordizia, Ortuella, Pasaia, Portugalete, Santurtzi, Sestao, Urretxu, Vitoria-Gasteiz, Zalla, Zarautz, Zumaia y Zumarraga.
¿Qué vamos a ver?
Requisitos para participar en la oposición
1.– Las personas que deseen tomar parte en el procedimiento, para ser admitidas, deberán
reunir todos y cada uno de los requisitos siguientes:
- a) formular solicitud previa.
- b) tener la nacionalidad española.
- c) tener una estatura mínima de 1,65 metros los hombres y 1,60 metros las mujeres.
- d) estar en posesión del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria o equivalente, o cualquier otro de nivel superior.
- e) no estar incursa en el cuadro de exclusiones médicas que figura en el Decreto 36/2004, de 17 de febrero, de segunda modificación del Decreto por el que se aprueba el Reglamento de Selección y Formación de la Policía del País Vasco.
- f) no haber sido condenada por delito doloso (siendo de aplicación el beneficio de la rehabilitación), ni separada del servicio de la Administración Pública, ni hallarse inhabilitada para el ejercicio de funciones públicas. No obstante, será aplicable el beneficio de la rehabilitación, de acuerdo con las normas penales y administrativas, siempre que aquella se acredite por la persona aspirante mediante el correspondiente documento oficial.
- g) no haber sido excluida de un procedimiento selectivo para ingreso en algún Cuerpo de Policía del País Vasco por la comisión de falta grave o muy grave, salvo que hubiera transcurrido un período de tiempo equivalente a su plazo de prescripción, contado desde la fecha de la declaración de la exclusión.
- h) No estar incursa en causa legal de incapacidad o incompatibilidad conforme a la normativa vigente en el momento de la fecha de efectos del nombramiento como funcionario o funcionaria en prácticas.
- i) Estar en posesión del permiso de la «Clase B» para todos los puestos. Estar en posesión de los permisos de conducción de la «Clase A o A2″en las plazas que lo requiera.
- j) Para quienes deseen optar a las plazas con fecha de preceptividad vencida, estar en posesión de perfil lingüístico 2, o superior, o superar las pruebas de acreditación que al efecto se convoquen durante este proceso selectivo. La fecha en que deberá cumplirse este requisito será la fecha en que se realice la prueba de acreditación de perfil de este proceso selectivo.
- k) Para las 39 plazas correspondientes al Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz, estar en posesión de la IT Txartelak 02 (Windows, Word básico, Internet básico) antes del nombramiento como funcionario o funcionaria de carrera.
Presentación de solicitudes.
Las solicitudes, para tomar parte en el presente procedimiento de selección, se cumplimentaran en el modelo oficial y normalizado que se encontrará disponible en la página web de la Academia Vasca de Policía y Emergencias www.arkauteakademia.eus
En la solicitud se hará constar la lengua, euskera o castellano, en la que deseen realizar los ejercicios de la oposición.
Las solicitudes se dirigirán a la Directora General de la Academia Vasca de Policía y Emergencias. El plazo de presentación de solicitudes será de 20 días hábiles, a contar desde el siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial del País Vasco.
Admisión de personas aspirantes
Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, la Dirección de la Academia Vasca de Policía y Emergencias aprobará la relación provisional de personas admitidas y excluidas.
La relación provisional expresará, con referencia a cada persona excluida, las causas que hubieran motivado su exclusión, concediendo un plazo de 10 días hábiles para formular reclamaciones y subsanar los defectos de que adoleciera la solicitud.
El sistema selectivo
1.– El sistema selectivo será el de concurso-oposición, que consistirá en la sucesiva celebración de los sistemas de oposición y concurso, para determinar la aptitud de las personas aspirantes y fijar el orden de prelación entre ellas.
2.– La puntuación total del concurso-oposición será la suma de las obtenidas en sus dos fases, incrementada con la que, en su caso, resulte de la evaluación como mérito del conocimiento del euskera, y determinará el orden de prelación de las personas aspirantes.
La oposición.
1.– Primera prueba, de carácter obligatorio y eliminatorio, prueba de conocimientos que consistirá en contestar por escrito un cuestionario tipo test.
La determinación de los contenidos se realizará de acuerdo a lo recogido en el temario. Cada una de las preguntas del cuestionario tipo test contará con cuatro alternativas de respuesta, de las que solo una de ellas será correcta.
En esta prueba cada respuesta no acertada penalizará con 0,333 puntos. Las preguntas no contestadas no penalizaran.
Esta prueba se valorará de 0 a 150 puntos, procediéndose automáticamente a la exclusión de quienes no obtengan un mínimo de 75 puntos.
2. – Segunda prueba, de carácter obligatorio y eliminatorio, dirigida a la evaluación de las aptitudes de las personas aspirantes. Esta prueba se valorará de 0 a 120 puntos. Esta segunda prueba estará compuesta de cuatro ejercicios, todos ellos de carácter obligatorio y eliminatorio y con un valor de 0 a 30 puntos para cada uno de ellos.
- a) Ejercicio de razonamiento.
- b) Ejercicio de aptitudes de percepción (identificación, diferenciación…).
- c) Ejercicio de aptitudes espaciales.
- d) Ejercicio de aptitudes verbales.
Cada una de las preguntas de cada cuestionario tipo test contará con cuatro alternativas de respuesta, de las que solo una de ellas será correcta. En cada uno de los ejercicios cada respuesta no acertada penalizará con 0,333 puntos.
Las preguntas no contestadas no penalizaran. Para superar esta prueba será necesario obtener una puntuación mínima de 10 puntos (umbral de puntuación mínima necesaria) en cada uno de los cuatro ejercicios, y una puntuación mínima de 60 puntos en el sumatorio de los cuatro ejercicios.
3. – Tercera prueba, de carácter obligatorio y eliminatorio, prueba psicotécnica. Esta prueba se valorará de 0 a 150 puntos. Esta tercera prueba estará compuesta de dos ejercicios, ambos de carácter obligatorio y eliminatorio:
a) Ejercicio de test de personalidad dirigido a evaluar rasgos de personalidad general, así como indicadores de desajuste o inadaptación de quienes participan en el procedimiento selectivo. Este ejercicio se valorará de 0 a 100 puntos, procediéndose automáticamente a la exclusión de quienes no obtengan un mínimo de 50 puntos.
b) Ejercicio de test de personalidad dirigido a la medición de las conductas relacionadas con la actividad laboral. Este ejercicio se valorará de 0 a 50 puntos, procediéndose automáticamente a la exclusión de quienes no obtengan un mínimo de 25 puntos.
Ambos ejercicios estarán referenciados al perfil profesional del puesto convocado. Los datos obtenidos en los dos ejercicios de esta tercera prueba podrán ser utilizados instrumentalmente en pruebas posteriores.
4.– Cuarta prueba, de carácter obligatorio y eliminatorio, prueba de aptitud física. Esta prueba se valorará de 0 a 80 puntos. Consistirá en la realización de los cuatro ejercicios; Natación – Press de Banca – Test de Agilidad – Course Navette.
Para superar esta prueba será necesario obtener una puntuación mínima de 10 puntos en cada uno de los cuatro ejercicios que la componen, y una puntuación mínima de 40 puntos en el sumatorio de los cuatro ejercicios.
Los ejercicios físicos se realizarán bajo la exclusiva responsabilidad de las personas que en ellos tomen parte; para su ejecución, las personas que en ellos participen, deberán presentarse con el equipo deportivo adecuado.
5.– Quinta prueba, de carácter obligatorio y eliminatorio, entrevista personal, dirigida a determinar la idoneidad conductual y competencial de las personas aspirantes para el desempeño de las funciones y tareas del perfil profesional del puesto convocado. Esta prueba se valorará de 0 a 50 puntos, siendo necesario obtener una puntuación mínima de 25 puntos para superarla.
La realización del ejercicio de entrevista requerirá, en forma previa a su ejecución, la cumplimentación por parte de las personas participantes en el proceso, de un currículum vitae simplificado, que se cumplimentará en formato normalizado que se facilitará, el cual no tendrá carácter puntuable, sirviendo, únicamente, como elemento de apoyo para la realización de la misma.
Desarrollo de las pruebas de la oposición.
Las pruebas no podrán iniciarse hasta transcurridos dos meses desde la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial del País Vasco.
La fecha, hora y lugar de celebración de la primera prueba se anunciará con una antelación no inferior a siete días naturales. Los sucesivos anuncios de celebración de las restantes pruebas se harán públicos igualmente con una antelación mínima de 72 horas, mediante Acuerdo del Tribunal Calificador.
El Tribunal Calificador podrá disponer la celebración de las pruebas y de los distintos ejercicios que integran la oposición en orden diferente al establecido, así como la celebración de varios el mismo día. En este caso, las publicaciones de resultados de las distintas pruebas y/o ejercicios seguirán el orden de los mismos, establecidos en las bases de la convocatoria. Solo se publicarán los resultados de cada prueba y/o ejercicio respecto de quienes hayan superado el anterior siguiendo el orden de la base séptima.
Se producirá la exclusión automática del procedimiento selectivo de quienes no comparezcan al llamamiento del Tribunal para el desarrollo de las pruebas y/o ejercicios obligatorios en la fecha, hora y lugar que se señale, incluso por razones de fuerza mayor. La misma regla se aplicará a quienes concurran a la realización de cualquiera de las pruebas y/o ejercicios obligatorios una vez iniciada la ejecución de las mismas.
Si alguna de las pruebas obligatorias constara de varios ejercicios, se considerará incomparecencia la ausencia o retraso a cualquiera de ellos.
Como excepción a lo anteriormente establecido y con el objeto de garantizar la igualdad de oportunidades y trato en el desarrollo de las pruebas selectivas, el Tribunal Calificador podrá adaptar las fechas y/o lugares para la realización de las pruebas en el caso de mujeres que por motivos de riesgo por embarazo o por estar de parto o en periodo de pre o postparto inmediatos así lo precisen, siempre y cuando dichas circunstancias se pongan en conocimiento del Tribunal Calificador con carácter previo a la celebración de la prueba o ejercicio y se acredite mediante certificado médico.
Se deberá comparecer a las diferentes pruebas y ejercicios portando el documento nacional de identidad, pasaporte o permiso de conducir, vigentes, cuya presentación podrá ser exigida por el Tribunal Calificador en todo momento.
Se podrán realizar las pruebas de la oposición en cualquiera de las lenguas oficiales de la Comunidad Autónoma del País Vasco.
El concurso.
1.–La calificación de la fase de concurso se aplicará solo a las personas que hayan superado la fase de oposición.
2.–Únicamente podrán evaluarse aquellos méritos que estuvieran contraídos con anterioridad a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
3.–La fase de concurso no tendrá carácter eliminatorio ni las puntuaciones obtenidas en la misma podrán tenerse en cuenta para superar las pruebas de la fase de oposición.
- Valoración de los servicios prestados en Cuerpos de Policía Local como Agente de la Escala Básica de Policía Local a razón de 0,10 puntos por día de servicios prestados, hasta un máximo de 150, puntos.
- EUSKERA : Nivel C-1 del Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas aprobado por el Consejo de Europa: 70 puntos.
- EUSKERA : Nivel B-2 del Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas aprobado por el Consejo de Europa: 40 puntos.
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